El 5 de junio de 2013
perdimos la inocencia.
El 5 de junio de 2013 fue el día
de las revelaciones de Snowden.
Para mí, es una de esas fechas
que marcan un antes y un después.
Una de esas fechas en las que recordamos
dónde estábamos, qué estábamos haciendo.
En mi caso, estaba en Colombia,
en una conferencia internacional
sobre protección de la vida privada.
Pueden imaginar la reacción.
Fue una auténtica consternación.
¿Consternación por qué?
Porque aquellas revelaciones mostraban
una magnitud de la vigilancia,
que sobrepasaba todos los límites
sobre la protección de la vida privada,
en derecho nacional e internacional.
Por ejemplo:
La Declaración Universal
de los Derechos del Hombre,
que, sin embargo, fue elaborada
bajo la dirección de una estadounidense,
Eleanor Roosevelt,
consagra en el artículo 12,
el derecho a la vida privada,
la protección contra
toda intromisión arbitraria
en la vida privada.
Y, sin embargo,
la vigilancia llevada a cabo
era una vigilancia generalizada,
que sobrepasaba toda sospecha razonable
o individualizada.
Se trataba, por tanto,
de una violación de dicha norma.
El derecho internacional consagra
del mismo modo la soberanía estatal,
y, sin embargo, los Estados
del mundo descubrían
que sus ciudadanos habían sido objeto
de la vigilancia extraterritorial
ejercida por Estados Unidos.
De algún modo habían sido
despojados de su poder soberano
para proteger la información
personal de sus ciudadanos.
Incluida Angela Merkel,
quien descubrió
que incluso su teléfono móvil
había sido interceptado.
Del mismo modo, el derecho consagra
que, en un estado democrático
el gobierno consulta
y el gobierno rinde cuentas
a los ciudadanos.
Pero en este caso, descubrimos
que los programas de vigilancia
nunca habían emitido
ninguna información oficial,
ni, evidentemente,
habían rendido cuentas.
Las revelaciones de Snowden, por tanto,
demuestran 3 problemáticas existentes:
Primero, la relación Estado-ciudadano.
Segundo, la imputabilidad
del Estado frente a los ciudadanos.
Y, tercero, el respeto
de la soberanía estatal.
Me centraré más adelante
en cada una de estas problemáticas,
pero, primero, hay que responder
a una pregunta que surge siempre,
y que parece inevitable.
Me dicen: "¿Por qué voy a preocuparme?
No soy culpable de nada,
no tengo nada que ocultar".
Yo respondo que,
simplemente con esa pregunta
se está confundiendo
la culpabilidad con la intimidad.
Los mensajes románticos
que se envían los enamorados,
no tienen nada de culpable,
y, sin embargo, son privados.
Las puertas opacas,
las cortinas, la ropa,
no ocultan la culpabilidad,
sino que protegen la intimidad.
Protegen ese espacio vital
necesario para poder ser
uno mismo, para ser libre.
La intimidad, por tanto,
protege la libertad,
y la libertad define la democracia.
Esta es la problemática real,
la democracia.
La cual me lleva al tema relacionado
con las revelaciones de Snowden,
es decir: la relación Estado-ciudadano.
A veces, quizá para trivializar
el espionaje, o la vigilancia,
bromeamos y decimos que es la
segunda profesión más antigua del mundo.
Es cierto.
Encontramos ejemplos
de vigilancia hasta en la Biblia,
pasando por Sun Tzu,
el gran guerrero y filósofo,
que decía "Conoce a tu enemigo".
Precisamente, es ese precepto el que
sirve para justificar el espionaje,
que mina la legitimidad de la vigilancia
del ciudadano por parte del Estado.
Porque un Estado no puede, de primeras,
abordar a un ciudadano como a un enemigo.
Es algo incompatible con su
deber de proteger al ciudadano.
Seguramente hay circunstancias
en las que está justificado
llevar a cabo una cierta vigilancia,
y tomo por ejemplo las odiosas
medidas de seguridad de los aeropuertos.
Incluso los expertos en seguridad aérea
afirman que es absurdo que nos traten
a todos como sospechosos,
simplemente, no han encontrado
una manera mejor.
Pero, hay que admitirlo,
dichas medidas de seguridad
han superado, sin embargo,
una especie de test de legitimidad.
Un test que se articula
sobre 4 grandes criterios.
El primer criterio es la necesidad.
Toda intrusión, todo atentado contra
la vida privada puede ser legítimo
siempre que se demuestre
que es necesario
para el interés público.
Segundo, únicamente es legítimo
si es proporcional
a dicha necesidad.
Es decir, no va a sobrepasar
las necesidades
del interés público.
Tercero:
Debe demostrarse que es eficaz
respecto al interés público.
Y, en último lugar, se debe
demostrar que no existen opciones
menos invasoras.
Por ejemplo, hablando
aún de la seguridad aérea,
se ha conseguido en Canadá
que en los escáneres corporales ya
no aparezca la imagen del pasajero.
Hay una imagen fija,
y todo lo que se proyecta
es lo que el pasajero lleva consigo.
Se ha conseguido, por tanto,
un modo menos invasivo
de garantizar la seguridad.
Se ha encontrado, de un modo u otro,
un equilibrio de necesidad
que incluye una cierta legitimidad.
Pero dicha legitimidad
está puesta a prueba.
Está puesta a prueba por las
nuevas técnicas de vigilancia.
Como primer ejemplo,
les pongo el de la reivindicación
de cierto gobierno,
de recoger los datos personales
de las redes sociales.
El Comisario para
la intimidad de Canadá
llevó a cabo una encuesta
publicada recientemente
a partir de las alegaciones
de una activista
que afirmaba que 2 ministerios
habían recogido datos personales
que ella había subido
a diversas redes sociales.
Ningún ministerio
ha desmentido la acusación,
pero han afirmado que es legal,
ya que la información que
se sube a las redes sociales,
deja de ser privada.
El comisario dijo: "Al contrario.
Los datos personales,
siguen siendo personales,
incluso cuando
se suben a una red social.
No estaban dirigidos al gobierno,
y el gobierno no podía acceder a ellos
fuera de lo que exigiera la necesidad
para el interés público".
El segundo ejemplo
es el de los metadatos.
Últimamente se escucha mucho
hablar de los metadatos
desde las revelaciones de Snowden.
Las agencias de seguridad nacional
quieren estos metadatos,
y justifican su adquisición diciendo:
"No son datos personales porque
no abarcan contenido".
De hecho, efectivamente los metadatos
están vinculados al contenido.
Revelan el origen de una comunicación,
el destino,
y en ocasiones el objetivo, por ejemplo,
de una visita a una página web.
El Comisario para
la intimidad de Canadá,
realizó un análisis técnico para
ver qué muestra una dirección IP,
en concreto un metadato,
sobre nosotros.
Y el análisis demuestra que,
en efecto, es muy revelador.
Muestra nuestras búsquedas en Internet,
por tanto nuestras preocupaciones,
nuestras relaciones,
nuestras obligaciones.
En definitiva, nuestros pensamientos
tal como aparecen en Internet.
Por tanto, está claro que existe
un interés privado de protegerlos.
Hay que decidir sobre la legitimidad
de estas nuevas formas de vigilancia,
o se producirá la ruptura de
la relación Estado-ciudadano.
De hecho, la relación
Estado-ciudadano,
se ha basado en la
confianza del ciudadano.
Es la segunda problemática que
subraya las revelaciones de Snowden.
Esta confianza debe
restablecerse sin falta,
y quizá solo pueda restablecerse
mediante 3 vías.
La primera, la transparencia.
Lo que implica que las
agencias de seguridad nacional
deben hacer públicos sus objetivos,
sus actividades, de forma general,
en términos estadísticos,
no para poner en riesgo el secreto
que necesitan para ser eficaces,
sino para asegurar que el ciudadano
puede igualmente juzgar su legitimidad.
La confianza se basa
también en la imputabilidad.
Los mecanismos de revisión de
las agencias de seguridad nacional
deben ser lo suficientemente eficaces.
Primero para representar de verdad
los intereses de los ciudadanos,
y segundo para poder verificar
que dichos intereses están protegidos.
Tercero,
la confianza solo se restablecerá
si modificamos las reglas.
Es necesario que el derecho
a la vida privada
corresponda al riesgo actual
que corre la vida privada.
Por ejemplo, deben delimitarse
el estatus de los metadatos
en derecho de la vida privada.
La tercera problemática surgida
de las revelaciones de Snowden
como les comentaba antes,
era la soberanía estatal.
Quizá recuerden que,
tras las revelaciones,
en Estados Unidos, muy avergonzados,
intentaron tranquilizarnos diciendo:
"No se preocupen, solamente
vigilamos a los extranjeros".
Olvidando el derecho a la vida privada
de casi 7 millones de personas.
Pero esta no es la primera vez
que nos enfrentamos a la vigilancia
extraterritorial de Estados Unidos,
y les daré el ejemplo
de Secure Flight.
Secure Flight es un
programa estadounidense,
que obliga a todas
las compañías aéreas
a transmitir a las autoridades de EE.UU.
los datos personales de sus pasajeros
si sobrevuelan Estados Unidos,
aunque ni siquiera lleguen a aterrizar.
Canadá se opuso a formar
parte de dicho programa,
y Estados Unidos,
como cualquier otro Estado,
tiene soberanía sobre el espacio aéreo
que corresponde a su territorio terrestre.
Por eso ganó la causa.
Y en ese sentido podemos decir
que, a este respecto,
se mermó la soberanía de Canadá.
Canadá tuvo, incluso, que aprobar
una enmienda legislativa
para permitir de manera legal que
las compañías aéreas canadienses
se ajustaran a un programa de EE.UU.
Y si Uds. son de los que piensan
que no pasa nada,
que Estados Unidos es un país
democrático, aliado de Canadá,
debemos acordarnos
entonces de Maher Arar.
Ese país democrático,
aliado de Canadá,
Estados Unidos,
deportó a Maher Arar a Siria,
donde fue detenido y torturado
durante casi un año,
cuando no era culpable de nada.
El caso de Maher Arar muestra
cómo el hecho de estar
en una base de datos
supone una vulnerabilidad,
que sobrepasa la culpabilidad.
Volvemos a la pregunta del principio.
Culpabilidad o intimidad.
Yo les digo que, especialmente
cuando no se es culpable de nada,
merecemos ese espacio sagrado, íntimo,
que se llama vida privada.
Es nuestra libertad
y es nuestra democracia.
Gracias.
(Aplausos)